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Ley de Ejecución de Sanciones penales
ORALIDAD MERCANTIL
Proyecto de vinculación
social Universitaria
Mediante acuerdo 09/CF/III/2013, se dotó de competencia a los jueces de Primera Instancia para que realicen el trámite de la CONMUTACIÓN DE LA SANCIÓN y evitar a los beneficiarios tener que acudir a esta ciudad ante el JUZGADO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS.
Mediante acuerdo 08/CJ/III/2013, se creó el JUZGADO DE ORALIDAD MERCANTIL, su sede: esta ciudad de Tepic.
Sin embargo, ante la imposibilidad de tener juzgados de oralidad en todos los municipios, se dotó de competencia a los jueces de primera instancia para que conozcan de la primera fase - postulatoria -.
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